Indecopi aclara límites: qué pueden y qué no pueden prohibir las municipalidades en restaurantes
El organismo regulador delimitó las competencias entre gobiernos locales y Produce respecto a la realización de espectáculos en establecimientos gastronómicos.
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Lo esencial
- Indecopi delimitó competencias entre municipalidades y Produce en regulación de shows en restaurantes
- Las municipalidades pueden regular seguridad y salubridad, pero no prohibir arbitrariamente actividades autorizadas
- Las restricciones municipales deben estar fundamentadas en criterios técnicos válidos y ser proporcionales
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia (Indecopi) ha emitido una precisión importante sobre las atribuciones que poseen las municipalidades para regular actividades en restaurantes, específicamente respecto a la realización de shows o espectáculos. La aclaración busca evitar conflictos de competencia entre autoridades locales y organismos nacionales, estableciendo límites claros sobre quién tiene potestad para regular estas actividades.
La consulta surge en un contexto donde algunos gobiernos locales han buscado restringir o prohibir completamente los espectáculos musicales, dancísticos o teatrales en establecimientos gastronómicos, generando conflictos con propietarios de restaurantes y bares. Esta tensión regulatoria refleja la falta de claridad sobre qué instancia del Estado tiene competencia para establecer reglas respecto a estas actividades comerciales.
Delimitación de competencias entre autoridades
Según el pronunciamiento del Indecopi, existe una clara distinción de responsabilidades. Las municipalidades tienen competencia en aspectos vinculados a la seguridad local, el ordenamiento territorial, el uso del espacio público y el cumplimiento de normas sanitarias y de salubridad dentro de sus jurisdicciones. Sin embargo, la regulación específica de actividades comerciales, incluyendo los shows en restaurantes, corresponde mayormente al Ministerio de la Producción (Produce) y a otros organismos especializados.
El Indecopi enfatizó que aunque los gobiernos locales pueden establecer normas sobre funcionamiento de negocios e impacto en su zona de influencia, no pueden prohibir de manera arbitraria servicios o actividades que están autorizados a nivel nacional. Esto significa que si Produce ha permitido que los restaurantes ofrezcan entretenimiento, una municipalidad no puede simplemente vetarlo sin justificación técnica basada en seguridad, salubridad o impacto ambiental específico.
La aclaración del regulador nacional busca garantizar que las restricciones municipales sean proporcionales, razonables y fundamentadas en criterios técnicos válidos, evitando que las autoridades locales actúen de forma discrecional. De esta manera, se busca proteger tanto el derecho de los comerciantes a desarrollar sus actividades autorizadas como el derecho de las comunidades locales a vivir en ambientes adecuados.
Este pronunciamiento del Indecopi representa un paso importante para establecer certidumbre regulatoria en el sector gastronómico y entretenimiento. Los gobiernos locales, propietarios de restaurantes y ciudadanía en general cuentan ahora con un marco más claro para entender qué decisiones son legítimas en cada nivel de gobierno, lo que debería facilitar la resolución de futuros conflictos sobre esta materia.
Fuente original: Gestion